7. Reforma y cambio constitucional
Presentación del tema
La discusión sobre un cambio constitucional comprende tanto los contenidos que se quieran modificar o incorporar en la Carta Fundamental como también los mecanismos para arribar a una reforma, sea parcial o total, y, por otra parte, la alternativa de una sustitución total del texto constitucional a partir de mecanismos actualmente no contemplados en forma expresa en el régimen jurídico vigente como una asamblea constituyente o un referéndum constituyente.
En este contexto, el debate planteado invita a discutir los procedimientos vigentes en materia de reforma constitucional, contemplados actualmente en el Capítulo XV de la Carta Fundamental, “Reforma de la Constitución”. El referido capítulo contempla dos procedimientos de reforma según cuál sea el capítulo de la Constitución que se vaya a modificar, existiendo para ello diferentes mayorías exigidas para su aprobación en el Congreso Nacional.
Las reformas a los capítulos I “Bases de la Institucionalidad, III “Derechos y deberes constitucionales”, VIII “Tribunal Constitucional”, XI “Consejo de Seguridad Nacional”, XII “Fuerzas Armadas” y XV “Reforma de la Constitución”, necesitarán, en cada Cámara, la aprobación de las dos terceras partes de los diputados y senadores en ejercicio. En tanto que para los demás capítulos, se requiere alcanzar en cada Cámara una mayoría de las tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.
En cuanto a la posibilidad de participación ciudadana mediante plebiscito en materia de reforma constitucional, el texto vigente solo contempla tal alternativa en casos de desacuerdo entre el Congreso Nacional y el Presidente de la República, supuesto en el que este último puede decretar la realización de una consulta vinculante a la ciudadanía. En todo caso, se trata de una facultad que el Presidente de la República puede ejercer o no, sin encontrarse obligado a convocar a plebiscito si así lo decide.
En lo que se refiere a los mecanismos de cambio constitucional por vía de asamblea constituyente, encontramos diversos ejemplos en otras realidades, como los casos de Colombia, Bolivia, Ecuador, Venezuela y Finlandia, más contemporáneamente, y experiencias más clásicas como algunas colonias inglesas americanas que dieron origen a constituciones estaduales como las de Rhode Island, Pennsylvania, New Haven, entre otros; y la experiencia de Francia de 1791.
Existen diversas fórmulas para la implementación de las asambleas constituyentes, en ciertos casos se trata de cuerpos colegiados electos con la potestad exclusiva y excluyente de redactar y aprobar el texto constitucional, en otros, se combina con las facultades que conserva el Congreso Nacional y el Gobierno y en otros modelos se incluye además la figura del referéndum constituyente, en el que la ratificación del o los textos propuestos está en manos de la ciudadanía.
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